Por RESOLUCIÓN DE LA ALCALDESA No 75 /2019, de fecha 22 de enero de 2019 se ha resuelto:
PRIMERO. Fijar los siguientes plazos de solicitud y adjudicación de entradas de la “Fiesta de la Tomatina”, que entrarán en vigor a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, que a su vez deberán publicarse en el tablón de edictos, y en la página web del Ayuntamiento y de la Tomatina.
1. Primer plazo, solicitudes realizadas hasta el 28 de febrero de 2019.
2. Segundo plazo, solicitudes realizadas hasta el 29 de marzo de 2019.
3. Tercer plazo, solicitudes realizadas hasta el 30 de abril de 2019.
4. Cuarto plazo, solicitudes realizadas hasta el 31 de mayo de 2019.
5. Quinto plazo, solicitudes realizadas hasta el 28 de junio de 2019.
6. Sexto plazo, solicitudes realizadas hasta el 31 de julio de 2019.
7. Séptimo plazo, solicitudes realizadas hasta el 9 de agosto de 2019.
8. Octavo plazo, solicitudes realizadas hasta el 13 de agosto de 2019.
SEGUNDO. El número mínimo de entradas a adquirir 50 y el número máximo de entradas a adquirir de 1.800 acumuladamente durante los plazos primero a sexto, mientras que en los plazos séptimo y octavo no existen límites, siempre que hayan adquirido entradas previamente.
TERCERO. Los plazos de pago una vez adjudicadas las entradas serán de 15 días durante los plazos primero a sexto, y de 4 días durante los plazos séptimo y octavo.
CUARTO. La solicitud de entradas será mediante el modelo normalizado que se publicará en la página web del ayuntamiento (https:// www.buñol.es/) y de la Tomatina (https://latomatina.info/adquisicion-de-entradas-agencias-de-viajes/) al cual habrá que acompañar en el caso de no haber aportado en otras adjudicaciones dicha documentación:
1. Título-Licencia correspondiente otorgado por la Administración competente, pudiendo ser mayoristas o minoristas.
2. El alta del impuesto de actividades económicas correspondiente al epígrafe de la actividad Agencias de Viajes.
En Buñol, a 22 de enero de 2019.—La alcaldesa, Juncal Carrascosa Alonso.